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Xalapa, Ver.- Este lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio revés a la propuesta de Reforma Electoral de Veracruz, aprobada el 12 de mayo pasado, que reducía al 50 por ciento las prerrogativas de partidos políticos.

La SCJN por mayoría de 8 votos declaró también la Inconstitucionalidad de la reforma al Código Electoral aprobada por los diputados de Morena y sus aliados en el Congreso del Estado el mes de julio pasado.

Las razones fundamentales que determinaron la decisión de la Corte fueron la violación del proceso legislativo, pues impulsaron la reforma sin observar los principios del parlamento abierto, que impone la obligación de escuchar a los organismos y personas que beneficia o afecta la medida legislativa previo a su emisión.

En el dictamen de la comisión de puntos constitucionales, no se aportó ningún análisis técnico financiero que acreditara que la instalación de consejos municipales constituyan gastos superfluos.

Este fue el planteamiento que hizo Podemos, en su demanda de acción de Inconstitucionalidad.

LO QUE SE ECHA ABAJO

Por lo anterior, el máximo órgano judicial en nuestro país ha determinado que:

El pasado mes de julio, el congreso local aprobó la reforma al Código Electoral de Veracruz en la que se reduce el periodo de organización y campañas políticas, se disminuye en un 50 por ciento  el recurso otorgado a los partidos políticos y se eliminan los Consejos Municipales.

Por Rosalinda Morales

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